Recientemente he tenido una sensación de bienestar relacionada con haber hecho un trabajo que creo que ayuda, o nunca mejor dicho, protege a un compañero de trabajo, y ha estado relacionada con el nuevo protocolo definido por el MTSS en relación con la detección de trabajadores con especial sensibilidad al Covid-19 o también definido como TES.
No nos engañemos, trabajamos para prevenir, pero también para proteger y precisamente ambos aspectos se dan la mano gracias a este protocolo.
La normativa de Prevención de Riesgos Laborales establece la necesidad de detectar trabajadores que pueden pertenecer a un grupo vulnerable (de riesgo) frente al COVID-19, debido a patologías recientes y acreditadas con informes médicos.
Esta detección no es nueva, pues desde siempre se han protegido a trabajadores sensibles (embarazadas, trabajadores con algún tipo de discapacidad o dolencia…). Pero en esta ocasión, y debido al Covid-19, este grupo se ha ampliado a personas que puedan tener otro tipo de dolencias que aumenten el riesgo en caso de contagio.
Los grupos de vulnerabilidad son:
- Mayores de 60 años
- Hipertensión arterial (no controlada)
- Diabetes
- Enfermedades cardiovasculares
- Enfermedades pulmonares crónicas
- Cáncer
- Inmunodeficiencias
- Embarazo
Estos grupos de vulnerabilidad se han establecido en función de estudios realizados sobre características de víctimas del virus en China, foco del origen.
¿Qué pretendemos con ello? Nunca relajar las medidas preventivas, pero si proteger aún más a las personas que pudieran tener más dificultades de superar la enfermedad en caso de contagio en el ámbito laboral.
El papel de los Servicios de Prevención, por supuesto incluido el Servicio de Vigilancia de la Salud, es crucial para poder detectar a este tipo de trabajadores y activar el protocolo que permita su protección, llegado el caso, mediante reorganización de su trabajo, definición de teletrabajo si es posible o evitando su exposición al Covid-19 en el trabajo mediante la tramitación de una baja por incapacidad temporal (si no se puede garantizar su protección con las medidas anteriormente expuestas). Por supuesto, es crucial respetar la confidencialidad que toda información médica conlleva y que debe quedar entre el trabajador y el servicio médico.
Es importante también destacar que el Ministerio de Trabajo ha determinado la mayoría de las actividades laborales como actividades de baja probabilidad de exposición al riesgo por Covid-19. Obviamente en esta afirmación no estaríamos hablando de actividades sanitarias o afines.
Que no se me malinterprete, no lo digo con ninguna intención de bajar la guardia y seguir practicando la prevención de riesgos laborales más que nunca, máxime, cuando estamos en una situación excepcional en la que el ámbito de la prevención cobra relevancia en ocasiones similar en el ámbito personal y profesional.
Dentro del ámbito de vulnerabilidad del que estamos hablando, considero fundamental lo siguiente par determinar si este tipo de personas pueden trabajar o no:
- Que puedan realizar teletrabajo (esta opción se puede complicar con trabajadores de mano de obra).
- Que puedan garantizarse medidas de seguridad que permitan controlar el riesgo de contagio.
Respecto al segundo apartado, es crucial que cada organización diseñe un protocolo que determine normas de seguridad a establecer para que su actividad pueda seguir ejecutándose en condiciones seguras y con garantías de evitar los riesgos de contagio.
En este sentido hay muchas medidas tanto organizacionales, como de reformulación de las tareas o de cómo llevar a cabo nuestro trabajo, como de uso de protecciones colectivas o uso de EPIs a los que nos estamos ya familiarizando a nivel mundial.
Pese a todo, tengo claro que, bajo ningún concepto, y aun pudiendo pensar que definimos buenas medidas de protección, debemos poner en duda un criterio médico que finalmente es el que salvaguarda esta protección a la especial sensibilidad o vulnerabilidad. Pero ineludiblemente, se trata de un equilibrio delicado entre el estado de la persona y las medidas a poder aplicar donde el principio que siempre debe de primar es el de proteger que cada organización debe evaluar en cada caso o trabajo particular.
Pues bien, aunque sea una parte habitual del trabajo de un prevencionista prevenir y proteger, estos días he tenido un sentimiento de especial de orgullo profesional al haber contribuido con la aplicación de este protocolo a la protección de un compañero de trabajo (es cierto que casos de bajas son menores que los que se pueda adaptar el trabajo) que por una enfermedad reciente hubiese estado en una situación complicada y desfavorable debido a la naturaleza de su puesto de trabajo. Sentí una gran alegría de poder haber ayudado a proteger a esta persona que realmente lo necesitaba por sus circunstancias y las características de su trabajo.
Y este es el sentimiento que quería compartir con ustedes, compañeros prevencionistas, ahora más que nunca, ayudemos a que se protejan las personas que nos rodean, ya sea en el ámbito profesional o personal.
Cuidaros, este virus, lo paramos unidos.