Las normas se listan por orden cronológico y en atención a la siguiente casuística: DES.- desarrollo, MOD.- modificación, DER.- derogación, INT.- de interés.
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Ley 22/1973, de 21 de julio (BOE 24), Ley de Minas [MOD.- 1ª) la Ley 54/1980, de 05 de noviembre (BOE 21), modifica la ley de minas con especial atención a los recursos minerales energéticos, 2ª) el RD. Legislativo 1303/1986, de 28 de junio (BOE 30), adapta el Titulo VIII al ordenamiento Jurídico de la CEE, 3ª) la Ley 40/2010, de 29 de diciembre (BOE 30), de almacenamiento geológico de dióxido de carbono, en la Disposición Final 1ª, añade en el artículo 1 de la Ley 22/1973, de Minas, un nuevo apartado 4, que indica que “la investigación o explotación de estructuras subterráneas para su utilización como almacenamiento geológico de dióxido de carbono se regirá por su legislación específica”].
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RD. 2857/1978, de 25 de agosto (BOE 11-12), Reglamento General para el Régimen de la Minería [MOD.- El Decreto. 1074/2002, de 18 de octubre (BOE 29), que regula el proceso de elaboración, circulación y comercio de aguas de bebidas envasadas, modifica el artículo 38.1 de este Reglamento General para el Régimen de la Minería, quedando como sigue “a efectos de lo dispuesto en el presente Reglamento, las aguas minerales se clasifican en: a) Minero-Medicinales: las alumbradas natural o artificialmente que por sus características y cualidades sean declaradas de utilidad pública. En función del uso o destino, éstas se clasifican en aguas minero-medicinales con fines terapéuticos, aguas minerales naturales y aguas de manantial, b) Minero-Industriales: las que permiten el aprovechamiento racional de las sustancias que contengan.
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Resolución de 28 de enero 1981 (BOE 24-02-1981), de la Dirección General de Política Energética y Minas, sobre Normas de Seguridad para Materiales y Maquinaria.
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RD. 3255/1983, de 21 de diciembre (BOE 04-01-1984), se aprueba el Estatuto del Minero [INT.- Artículos 5 y 6: Reducción de Jornada en Trabajos Penosos, Artículo 14: Ropa y Calzado de Trabajo, Artículo 15: Vestuarios y Aseos, Artículos del 23 al 42: Prevención de Riesgos en Explotaciones Mineras, Disposición Adicional: Participación de sindicatos y patronales en el Instituto Nacional de la Silicosis, Disposición Final 1ª: Coeficientes reductores de la edad de jubilación],… [MOD.- OM. de 19 de marzo 1986 (BOE 22-04), por la que se Establecen Normas Complementarias para el desarrollo y Ejecución del Real Decreto 3255/1983, de 21 de diciembre (INT.- se desarrollan en esta orden los derechos sobre Elección y Participación de los Delegados Sindicales)].
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RD. 783/1984, de 22 de febrero (BOE 23-04), [MOD.- modifica la Comisión de Grisú y de Seguridad Minera Composición y Funcionamiento].
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RD. 863/1985, de 02 de abril (BOE 12-06), aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera [MOD.- el RD. 150/1996, de 02 de febrero (BOE 08-03), modifica el artículo 109 del Reglamento de Normas Básicas de Seguridad Minera, en aplicación de la Directiva 92/091/CEE, undécima Directiva, sobre industrias extractivas por sondeos), modificando asímismo el artículo 109 sobre Sondeos Terrestres y Marítimos, y las disposiciones mínimas de las industrias extractivas por sondeos (véase más adelante)].
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Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) del Reglamento General de Seguridad Minera y demás normativa reglamentaria [INT.- a continuación reproducimos los títulos de las distintas instrucciones técnicas, resoluciones y demás normativa reglamentaria complementaria del RD 863/1985, insertándolas en el capítulo de dicho reglamento relacionado con su contenido]:
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Capitulo II RD. 863/1985. Disposiciones Generales.
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Orden ITC 2585/2007, de 30 de agosto (BOE 07-09), por la que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria (2.0-02) protección de los trabajadores contra el polvo, en relación con la silicosis, en las industrias extractivas, del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.
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Orden ITC. 1316/2008, de 07 de mayo (BOE 13), por la que se aprueba la instrucción técnica complementaria (2.1-02) formación preventiva para el desempeño del puesto de trabajo, del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.
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Resolución de 09 de junio 2008 (BOE 07-07), especificación técnica 2001-01-08 formación preventiva para el desempeño del puesto de operador de maquinaria de arranque/carga/viales, pala cargadora y excavadora hidráulica de cadenas, en actividades extractivas de exterior de la instrucción técnica complementaria (2.1-02) formación preventiva para el desempeño del puesto de trabajo, del Reglamento de Normas Básicas de Seguridad Minera.
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Resolución de 09 de junio 2008 (BOE 19), por la que se aprueba la especificación técnica número 2000-01-08 formación preventiva para el desempeño del puesto de operador de maquinaria de transporte, camión y volquete, en actividades extractivas de exterior de la instrucción técnica complementaria (2.1-02) formación preventiva para el desempeño del puesto de trabajo, del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.
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Resolución de 18 de noviembre 2010 (BOE 06-12), de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba la especificación técnica número 2003-01-10 formación preventiva para el desempeño de los puestos de trabajo encuadrados en los grupos 5.1 letras a, b, c y 5.2 letras a, b, d, f y h, de la Instrucción Técnica Complementaria (2.1-02) formación preventiva para el desempeño del puesto de trabajo, del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, (ver Orden ITC. 1316/2008, de 07 de mayo (BOE 13-05).
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Resolución de 18 de noviembre 2010 (BOE 06-12), de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba la especificación técnica número 2004-01-10 formación preventiva para el desempeño de los puestos de trabajo encuadrados en los grupos 5.4 letras a, b, c, d, e, f, g, h, j, k, l y m, 5.5 letras a, b y d del apartado 5 de la Instrucción Técnica Complementaria (02.1-02) formación preventiva para el desempeño del puesto de trabajo, del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, (ver Orden ITC. 1316/2008, de 07 de mayo (BOE 13-05).
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Orden ITC. 1607/2009, de 09 de junio (BOE 17-06), por la que se aprueba la Instrucción técnica complementaria (02.2-01) puesta en servicio, mantenimiento, reparación e inspección de equipos de trabajo del Reglamento general de normas básicas de seguridad minera.
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Resolución de 18 de noviembre 2010 (BOE 22-12), especificación técnica (2010-01-01) inspección de cargadoras sobre ruedas de la instrucción técnica complementaria (02.2-01) puesta en servicio, mantenimiento, reparación e inspección de equipos de trabajo” del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, aprobada por la Orden ITC. 1607/2009, de 09 de junio.
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Capítulo III RD. 863/1985. Medidas de Salvamento.
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OM. de 13 de septiembre 1985 (BOE 18), aprueba las ITC. (03.01-01) y (03.02-01).
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Capitulo IV RD. 863/1985. Labores Subterráneas.
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OM. de 13 de septiembre 1985 (BOE 18), aprueba las ITC. (04.1-01), (04.2-01), (04.4-01), (04.5-03), (04.5-04), (04.5-06), (04.6-01), (04.6-03), (04.7-01), (04.7-02), (04.7-03), (04.7-04) y (04.8-01).
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OM. de 20 de marzo 1986 (BOE 11-04), aprueba las ITC. (04.2-02), (04.3-01), (04.3-02), (04.5-01) y (04.5-02).
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OM. de 27 de marzo 1990 (BOE 06-04), aprueba la ITC. (04.7-05) s/ límites de temperatura y humedad.
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OM. de 19 de abril 1994 (BOE 06-05), aprueba la ITC. (04.1-03) sobre clasificación de minas y la ITC. (04.6-05) s/ sostenimiento de obras.
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OM. de 23 de febrero 1996 (BOE 07-03), [MOD.- modifica la ITC. (04.6-03) s/ precauciones contra incendios].
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OM. de 23 de febrero 1996 (BOE 07-03), [MOD.- modifica la ITC. (04.6-03) sobre cintas transportadoras].
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OM. de 02 de febrero 1998 (BOE 14) rectifica 27-03), [MOD.- modifica la ITC. (04.0-01) s/ cables].
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Capitulo V RD. 863/1985. Minas Subterráneas de Carbón y Labores con Riesgo de Explosión.
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OM. de 02 de octubre 1985 (BOE 09-10), aprueba las ITC. (05.0-01), (05.0-02), (05.0-04) y (05.0-05).
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OM. de 20 de marzo 1986 (BOE 11-04), aprueba la ITC. (05.0-03).
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OM. de 19 de abril 1994 (BOE 06-05), aprueba la ITC. (05.3-01).
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Capítulo VI RD. 863/1985. Trabajos Especiales, Prospecciones y Sondeos.
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OM. de 02 de octubre 1985 (BOE 09-10), aprueba las ITC. (06.0-01), (06.0-02), (06.0-03), (06.0-04), (06.0-05), (06.0-06) y (06.0-07).
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OM. de 03 de junio 1986 (BOE 06-06), [MOD.- modifica la ITC. (06.0-07) s/ aguas subterráneas].
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Capítulo VII RD. 863/1985. Trabajos a Cielo Abierto.
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OM. de 16 de abril 1990 (BOE 30), aprueba las ITC. (07.1-01), (07.1-02) y (07.1-03)
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OM. de 16 de octubre 1991 (BOE 30), aprueba la ITC. (07.1-04), [DER.- derogada la ITC. (07.1.04) por la Orden ITC. 2585/2007, de 30 de agosto (BOE 07-09), por la que se aprueba la Instrucción técnica complementaria (2.0.02) protección de los trabajadores contra el polvo, en relación con la silicosis, en las industrias extractivas], del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera RD. 863/1985, de 02 de abril (BOE 12-06).
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Capítulo VII RD. 863/1985. Escombreras.
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OM. de 26 de abril 2000 (BOE 09-05), aprueba la ITC. (08.02-01), depósitos de todos en procesos de tratamiento de industrias extractivas, [DER.- derogada por RD. 975/2009, de 12 de junio (BOE 13-06), sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras].
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Capítulo IX RD. 863/1985. Electricidad.
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OM. de 02 de octubre 1985 (BOE 9), aprueba las ITC. (09.01) a la (09.0.12).
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OM. de 20 de marzo 1986 (BOE 11-04), aprueba las ITC. (09.0-13) a la (09.0-18).
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Orden ITC. 1683/2007, de 29 de mayo (BOE 13-06), [MOD.- modifica entre otras, las instrucciones técnicas complementarias (09.0.02)].
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Capítulo X RD. 863/1985. Explosivos (véase ficha “Atmósferas Explosivas”).
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OM. de 20 de marzo 1986 (BOE 11-04), aprueba las ITC. (10.0-01), (10.0-02), (10.1-01), (10.2-01), (10.2-02) y (10.4-01).
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OM. de 29 de abril 1987 (BOE 13-05), [MOD.- modifica la ITC. (12.2-01) utilización explosivos].
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OM. de 29 de julio 1994 (BOE 16-08), [MOD.- modifica la ITC. (10.3-01) s/ voladuras especiales].
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OM. de 21 de julio 2004 (BOE 22), determina el contenido, formato y llevanza de los Libros Registro de movimientos y consumo de explosivos.
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Capitulo XI RD. 863/1985. Establecimiento de Beneficios de Minerales.
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Capítulo XII RD. 863/1985. Certificaciones y Homologaciones.
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OM. de 03 de febrero 1986 (BOE 12), aprueba las ITC. (12.0-01) certificaciones y homologaciones, e ITC. (12.0-02) normas técnicas de obligado cumplimiento: normas UNE e ISO, en aplicación de la Directiva 82/130/CE
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OM. de 22 de marzo 1988 (BOE 08-04), [MOD.- modifica la ITC. (12.0-02)].
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OM. de 03 abril 1992 (BOE 24), [MOD.- modifica la ITC. (12.0-02) en aplicación de las Directivas 82/130/CEE, de 15 de febrero, Directiva 88/35/CEE, de 02 de diciembre y Directiva 91/269/CEE, de 03 de abril].
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OM. de 20 de enero 1994 (BOE 04-02), [MOD.- modifica la ITC. (12.0-02) se suprimen y modifican normas UNE].
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OM. de 11 de octubre 1996 (BOE 23).- [MOD.- modifica la ITC. (12.0-01) sobre Especificaciones Técnicas para la aplicación de las Directivas 82/130/CEE, 88/35/CEE, 91/269/CEE y 94/44/CEE y la ITC. (12.0-02) sobre certificación y homologación en relación con las Especificaciones Técnicas números 1001-1-91 y 1001- 1-96].
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OM. de 19 de octubre 1999 (BOE 28), [MOD.- modifica las ITC. (12.0-01) y (12.0-02) s/ material eléctrico, y material eléctrico para atmósferas explosivas y potencialmente explosivas del grupo I], (en aplicación de las Directivas 82/130/CE, 88/35/CEE, 91/269/CEE, 94/44/CE y 98/65/CE).
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Orden ITC. 1683/2007, de 29 de mayo (BOE 13-06), [MOD.- modifica las instrucciones técnicas complementarias (12.0-01) y (12.0-02)], y [DER.- deroga la OM. de 16 de julio 1998, sobre ITC. (12.0-04)].
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Orden ITC. 2107/2009, de 28 de julio (BOE 03-08), [MOD.- modifica la Orden ITC. 1683/2007, de 29 de mayo la cual a su vez modificó las instrucciones técnicas complementarias (09.0-02), (12.0-01) y (12.0-02)], [DER.- deroga la OM. de 16 de julio 1998 (BOE 29), que aprobó la ITC. (12.0-04) s/ perfiles y grapas de acero para entibación].
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Capitulo XIII RD. 863/1985. Suspensión y Abandono de Labores.
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Capitulo XIV RD. 863/1985. Competencia Administrativa.
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Ley 31/1995, de 08 de noviembre (BOE 10), de Prevención de Riesgos Laborales.
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Artículo 7.2 Las funciones de las Administraciones Públicas competentes en materia laboral que se señalan en el apartado 1 continuarán siendo desarrolladas en lo referente a minas, canteras y túneles que exijan la aplicación de técnica minera, por los órganos específicos contemplados en su normativa reguladora.
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Capitulo XV RD. 863/1985. Sanciones.
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OM. de 28 octubre 1985 (BOE 07-11), financiación de inversiones destinadas a mejoras de la seguridad en las minas.
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RD. Legislativo 1303/1986, de 28 de junio (BOE 30), por el que se adapta el Titulo VIII al ordenamiento Jurídico de la CEE, sobre condiciones para ser titular de derechos mineros.
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RD. 1561/1995, de 21 de septiembre (BOE 26), jornadas especiales de trabajo, [INT.- de interés los artículos 25, 26,27 y 28 jornadas y descansos en el interior de las minas].
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Ley 31/1995, de 8 de noviembre (BOE 10), Prevención de Riesgos Laborales, [INT.- de interés la Disposición Derogatoria Única, la ley no afecta a la vigencia de las disposiciones especiales sobre prevención de riesgos profesionales en las explotaciones mineras, (capítulo IV del RD. 3255/1983, de 21 de diciembre, RD. 2857/1978, de 25 de agosto y RD. 863/1985, de 02 de abril)].
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RD. 150/1996, de 02 de febrero (BOE 08-03), regula las obligaciones del empresario en las Industrias extractivas por sondeos, (en aplicación de la Directiva 92/091/CEE, undécima directiva, sobre industrias extractivas por sondeos), [MOD.- modifica el artículo 109 del Reglamento de Normas Básicas de Seguridad Minera (BOE 12-06)], en el artículo 1 define las industrias extractivas por sondeos y los lugares de trabajo, en el artículo 2 establece las obligaciones generales y específicas del empresario, distinguiendo los sectores “en tierra” y “en mar”.
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RD. 400/1996, de 01 de marzo (BOE 08-04), aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas, (en aplicación de la Directiva 94/9/CE), [DER.- deroga a partir de 01-07-2003 la regulación especial del material eléctrico en minas con peligro de grisú], sigue vigente la Especificación Técnica 1001-1, por lo que procede su adaptación al progreso técnico de acuerdo con la Directiva 94/44/CEE.
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RD. 1389/1997, de 05 de septiembre (BOE 07-10), aprueba las disposiciones mínimas destinadas a proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en las actividades mineras, (en aplicación de la Directiva 92/104/CEE, s/ industrias extractivas a cielo abierto o subterráneas).
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RD. 230/1998, de 16 de febrero (BOE 12-03) rectifica 02-07), aprueba el Reglamento de Explosivos, (en aplicación de la Directiva 93/15/CEE), (véase en el apartado Seguridad en el Producto).
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RD. 1953/2000, de 01 de diciembre (BOE 02-12), aprueba el Estatuto del Instituto Geológico y Minero de España.
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OM. de 23 de enero 2006, (BOE 30), por la que se regula el contenido mínimo y estructura del documento sobre seguridad y salud para la industria extractiva.
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[1] véase en el Apartado “Seguridad en el Producto”, la ficha “Explosivos” y véase en el Apartado “Seguridad en Medio Ambiente”, las fichas “Atmósferas Explosivas” y “Residuos”.