Pendientes de la nueva Estrategía Andaluza, la cual se está haciendo de rogar y cuyo acuerdo de elaboración anunciábamos pasadas semanas, se ha publicado ya no obstante el resumen de la anterior Estrategia Andaluza de SST, período 2010-14, al cual se puede acceder a continuación:
No obstante, no es la única estrategía autonómica que se demora, alguna de ellas como puede verse en las páginas 22 y 23 de la Estrategia asturiana, inserta un poco más abajo, retrasan demasiado en el tiempo su nueva edición, algunas varios años, lo cual es inaceptable pues son un complemento imprescidible de la estatal y la europea.
Mientras tanto, dado lo transcendente a nivel macro preventivo de tales documentos, nos referimos y enlazamos más abajo el Plan Estratégico de Salud, Seguridad y Medioambiente del Principado de Asturias 2016-2020, que define la cultura preventiva, uno de sus objetivos prioritarios, así:
«… aquélla en la que el derecho a un medio ambiente de trabajo seguro y saludable se respeta en todos los niveles, en la que el gobierno, los empleadores y los trabajadores participan activamente en iniciativas destinadas a asegurar dicho medioambiente de trabajo seguro y saludable mediante un sistema de derechos, responsabilidades y deberes bien definidos, y en la que se concede la máxima prioridad al principio de prevención.» (Convenio OIT C 187 sobreel marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo 2006).
Dicho documento recuerda también que:
«… todo país que ratifique el convenio debe establecer, mantener, desarrollar de forma progresiva, y reexaminar periódicamente un sistema estatal de seguridad y salud en el trabajo que deberá incluir, entre otros aspectos, aquéllos relacionados con la investigación en materia de seguridad y salud en el trabajo.».
A nivel interno, otro buen ejemplo, al menos a efectos documentales, de buenas prácticas de organización y planificación preventiva por parte de la Administración es, respecto del personal de la propia Comunidad Autónoma de Aragón y sus organismos públicos, el “Plan Marco para la integración efectiva de la prevención de riesgos laborales y la promoción de la salud en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón”, que es al fin y al cabo un plan de planes, que pretende dado el tamaño y el número de centros públicos en cualquier Administración territorial, “coordinar y cohesionar sus distintas implantaciones”.
Esta Administración territorial está, lo cual tiene cierto reflejo en la redacción de tales textos, adherida a la Declaración de Luxemburgo como miembro de la Red de Empresas Saludables, que en todo caso debería suponer tener en cuenta en la gestión un concepto de seguridad y salud más amplio, el de Promoción de la Salud:
«… actuaciones a todos los niveles (individual, entorno y organización), con la necesaria participación y colaboración de todos los actores implicados.».
Dicho Plan es fruto del acuerdo unánime el pasado día 30 de junio de 2016, por el que se proponían una serie de medidas para la integración efectiva de la prevención de riesgos laborales y la promoción de la salud en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
«El acuerdo se justifica por el tiempo transcurrido desde la promulgación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, las novedades legislativas en la materia, la experiencia acumulada… afrontando un proceso de revisión del modelo de integración de la actividad preventiva en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (que reconocen que no ha tenido éxito debido en resumen a la falta de definición de las responsabilidades de la línea de mando y la efectiva participación de los trabajadores y sus representantes en la acción preventiva y su planificación).».
Por ello, el objetivo claro final es, en este sentido, consolidar una verdadera cultura preventiva en el conjunto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, “… que incluya, al menos, las actuaciones a realizar en los siguientes ámbitos de la actividad preventiva”: «…»
1) Organización de la prevención:
- a) Integración en la estructura organizativa.
- b) Organización de los recursos especializados.
- c) Información, consulta y participación de los trabajadores y trabajadoras.
2) Planificación de la actividad preventiva:
- a) Modelo de manual de sistema de gestión.
- b) Aprobación de los planes de prevención.
- c) Implantación de los planes de prevención.
- d) Seguimiento y evaluación.
3) Formación, información y sensibilización.
4) Vigilancia de la salud.
Por último, recientemente también se han firmado otras estrategias mencionables, como por ejemplo la de Castilla La Mancha, que con un horizonte de 5 años, contendrá medidas encaminadas a la prevención y concienciación de trabajadores y empresarios para tratar de evitar los siniestros laborales. El acuerdo supondrá la puesta en marcha del líneas de trabajo en las que se integrará la perspectiva de género y de adaptación al progresivo envejecimiento de la población trabajadora.
El Acuerdo Estratégico de Prevención de Riesgos Laborales de Castilla-La Mancha 2017-2021 incluye 148 medidas en cinco grandes ejes y un presupuesto de 26,6 millones de euros, el triple que el anterior plan.
Asimismo, se pueden encontrar en Internet otras tales como:
- III Plan de Salud Laboral de Navarra 2015-2020 (pdf)
Marco Estratégico Catalán de Seguridad y Salud Laboral 2015 – Treball
Plan de Prevención de Riesgos Laborales – Junta de Extremadura
Estrategia Vasca de Seguridad y Salud en el Trabajo 2015-2020
Estrategia Aragonesa de Seguridad y Salud en el Trabajo 2017-2020
Información complementaria:
Acceso al marco europeo e internacional (1) y a una explicación sobre el msimo en la revista de la Escuela de Medicina del Trabajo (2) [pp. 4-17] :