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Esta es la última norma autonómica que regula la instalación obligatoria de desfibriladores en lugares con determinado volumen de público o personal laboral, la última anterior era la del Principado de Asturias.
El Real Decreto 365/2009, de 20 de marzo, establece las condiciones y requisitos mínimos de seguridad y calidad en la utilización de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos fuera del ámbito sanitario (su acceso más abajo, en el apartado de Madrid dentro del repertorio de CCAA).
En dicha norma se propicia la instalación fuera del ámbito sanitario, tanto en el ámbito público como privado, pero no ha servido para uniformizar esta cuestión, ya que remite a cada Comunidad Autónoma para su regulación concreta, de manera que no se aclara quién puede o no utilizar un desfibrilador, cómo estos equipos se registran, la formación necesaria para su empleo e incluso cuándo se imparten estas formaciones.Los demás decretos son los siguientes:
Documentos oficiales de las Comunidades Autónomas sobre el uso y registro de los desfibriladores semi-automáticos por personal no médico.
Asturias
Baleares
Cantabria
Castilla La Mancha
Castilla y León
Ceuta
Comunidad Valenciana
Euskadi
Galicia
Madrid
Murcia
Navarra
La Rioja