¿Colegio Profesional o Conformismo?…
Como se da noticia en esta misma página web, en el mes de junio, al rebufo de los actos centrales del “Primer Encuentro de los Técnicos Superiores en Prevención de Riesgos Laborales”, tuvo lugar una reunión de varias Asociaciones, entre ellas la nuestra, en la que se trató de un solo tema, la necesidad de, organizados en una Plataforma, aunar los esfuerzos de las mismas para conseguir un objetivo común que se entendía de una capital importancia, la constitución de un Colegio Profesional que, institucionalmente, sirviera para el amparo, defensa e impulso, en sus distintas manifestaciones, de los derechos e intereses de los Técnicos Superiores en Prevención de Riesgos Laborales.
Pasado un cierto tiempo de aquella primera reunión, cuasi constitutiva y fundacional, seguimos pensando que la “puesta en marcha” de tal institución colegial puede ser sumamente positiva para tales profesionales, aún en el supuesto de que sea una realidad acomodada a las nuevas circunstancias reinantes, a las impuestas por los cambios socio-profesionales y por el conjunto normativo que guía, y guiará, la creación y la organización de la misma, sin marginar, por descontado, y por ello, el impacto que pudiera tener a este respecto la llamada “Ley Omnibus”,cuyo proyecto ha sido aprobado muy recientemente por el Gobierno, ley, como es sabido, por la que se incorporará a nuestro ordenamiento jurídico interno la comúnmente conocida como “Directiva de Servicios”( Directiva 2006/123, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre ), a la que se ha dado el sobrenombre de la “directiva casquivana”, por su confesa liberalidad..
Al haber apostado por tal tipo de fórmula asociativa, pasamos ya a exponer los “por qués” que apoyan nuestra postura.
Son estos.
1º) Porque dichos Colegios tienen a su cargo un cúmulo de funciones, cuyo ejercicio beneficia, y sin duda, a sus colegiados, tal como queda más que demostrado con la simple lectura de las que se citan en el artículo 18 de la Ley andaluza que los regula.
2º) Porque como se deduce de dicha lectura, el Colegio es un instrumento colectivo que se puede acomodar a la defensa de un interés general tan fundamentalmente constitucional como es el de “la vida e integridad física y moral” de los trabajadores(art. 15 CE ).
3º) Porque dicho Colegio se nos representa como un medio idóneo de tutela para que los Técnicos Superiores en Prevención de Riesgos Laborales puedan realizar sus cometidos, tal como puntualiza la doctrina científica, “con un obvio grado de autonomía, de modo que se reconozca su ámbito de actuación como un espacio propio, libre de ingerencias y de órdenes”.
4º) Porque su existencia se justifica, a su vez, por el muy cuantioso número, todavía no exactamente cifrado, de titulados de nivel superior, de TSPRL, que por no haber recurrido, por su endeblísimo espíritu asociativo, a institución del tipo de la que defendemos, están en una notoria situación de desamparo.
5º) Porque las asociaciones tienen un inconveniente “nominalista”, tal que a la voz de “colegio” le acompaña, en la común opinión de la gente, póngasele todas las pegas que se quieran poner, un hálito de prestigio y solidez, y no al nombre de aquéllas.
Terminemos…
… Aún a costa de conocer cuantas y no pocas dificultades se pueden oponer a nuestro empeño, somos optimistas, y, en contrario, parafraseando a Guillermo de Orange, creemos que “hay viento favorable para quien sabe a dónde va”.
César Miño Fugarolas. Presidente Honorífico de Acessla.
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